TESTIMONIO: VISTO: El Artículo 191º del Estatuto y Escalafón del Empleado Municipal (Ordenanza Nº 52/87), y CONSIDERANDO: Que para permitir la actualización del importe a abonar a los ca-jeros en concepto de "Fallo de Caja" ante los cambios que se producen en los va-lores de los billetes en circulación, es necesario facultar al Departamento Eje-cutivo a fijarlo de acuerdo a la realidad económica. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 96/94 ------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase el Artículo 191º del Estatuto y Escalafón para el per- ------------ sonal municipal, que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 191.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a establecer el monto men- -------------- sual en concepto de "Fallo de Caja" a asignar a los agentes que se desempeñen como cajeros de acuerdo a lo determinado en el Artículo 30º del presente Estatuto, el que no podrá ser inferior al equivalente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico de la categoría o clase inicial del mayor de dieciocho años.---------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRE-TARIO.--------------------------------------------------------------------------